ORDENANZA Nº 08/2026
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- Categoría: ORDENANZAS
- Creado: Viernes, 21 Agosto 2026 12:13
Ordenanza Nº 08/2026
VISTO:
El otorgamiento de un Aporte no Reintegrable por la suma de $ 1.500.000.- (pesos un millón quinientos mil) que fuera recibido en esta Municipalidad en fecha 1º de Julio de 2026, y …
CONSIDERANDO:
Que el citado Aporte fue oportunamente gestionado por el Sr. Presidente Municipal, Don Fabián Ricardo Menescardi, para ser destinado a la adquisición de insumos – esmalte sintético de diversos colores – para el Taller de Ornamentación “Galarza en Navidad”, Área perteneciente a la Agencia Municipal de Discapacidad del Municipio; todo ello tramitado ante la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Entre Ríos.-
Que mediante Decreto Nº 085 de fecha 18/06/2026, la Presidencia de dicha Cámara dispone otorgar el importe en cuestión para ser destinado a adquirir los insumos supra descriptos, con cargo de rendición de la inversión ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia en un plazo de noventa (90) días a contar desde la recepción del mismo.-
Que a los efectos de concretar la utilización o disposición del monto recepcionado, es preciso concretar su incorporación al Presupuesto de Recursos y Gastos del Año 2026 a fin de la ampliación del mismo, conforme lo preceptuado en el artículo 133º de la Ley 10.027, modificada por Ley 10.082.-
Que por tales motivos, el Departamento Ejecutivo Municipal ha considerado procedente elevar a consideración y tratamiento del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de General Galarza el siguiente Proyecto de
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Apruébase la recepción del APORTE NO REINTEGRABLE por la suma de $ 1.500.000.- (pesos un millón quinientos mil) otorgado por la Honorable
Cámara de Senadores de la Provincia de Entre Ríos mediante Decreto Nº 085 de fecha 18 de Junio de 2026, imputándose dicho ingreso – como Recursos – para la adquisición de insumos destinados al Taller de Ornamentación “Galarza en Navidad”, imputándose como egreso – Gastos – a la cuenta “Bienes de Consumo”.-
ARTICULO 2º.- Apruébase la incorporación del precitado APORTE al Presupuesto de Recursos y Gastos del Año 2026 a fin de la ampliación del mismo para su posterior utilización o disposición en forma de ley, con cargo de rendición de la inversión ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Entre Ríos en un plazo de noventa (90) días contados desde la recepción del mismo.-
ARTICULO 3º.- Impútese la cuestión de la manera antes señalada, a los efectos contables que correspondan.-
ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese.-
************************* Sala de Sesiones, 8 de Julio de 2026
Aprobada por Unanimidad.-