ORDENANZA Nº 05/2026

Ordenanza  Nº 05/2026

 

 

 

VISTO:

                                           La propuesta formulada por la Agencia Municipal de Discapacidad dependiente de la Municipalidad de General Galarza, y …

CONSIDERANDO:

                                           Que en virtud de la misma, se interesa concretar la reconversión de la infraestructura existente en el Proyecto que oportunamente fuera denominado “CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL” – CDI -, ubicado en parte del inmueble municipal de la Manzana Nº 14, Solar “C” de la planta urbana de General Galarza, calle Gualeguay S/N, entre López Jordán y San José, el cual quedó sin concretarse.-   

                                           Que teniendo presente los argumentos expresados al respecto por la citada Agencia, en esta localidad no se cuenta con un espacio que sea apropiado para personas adultas con discapacidad y que permita su acompañamiento, desarrollo de habilidades, inclusión social y fortalecimiento de su autonomía personal a fin de promover una mejor calidad de vida.-

                                           Que General Galarza cuenta con un total de 258 personas con CUID – Certificado Único de Discapacidad -, lo que pone de manifiesto la importancia de generar políticas públicas destinadas a este sector de la población.-

                                           Que en esta comunidad hace muchos años que funciona la Escuela Integral para Personas con Discapacidad “Elba del Carmen Blanco”, con escolarización a niños y jóvenes hasta los 21 años, habiéndose creado en el año 2020 la Agencia Municipal de Discapacidad con el fin de atender situaciones especificas al respecto, pero sin contarse con espacios físicos concretos que mantengan y/o favorezcan con posterioridad la inclusión social, el desarrollo de su autonomía y la participación activa dentro de la comunidad, encontrándose actualmente en funcionamiento solo un Taller de Ornamentación con materiales reciclados para la decoración de la Fiesta “Galarza en Navidad” y “Pascuas” y diversos talleres para actividades varias.-

                                           Que el panorama expuesto amerita que se plantee la posibilidad de contar con un “CENTRO DE DIA” para Personas con Discapacidad, mediante la reconversión de la infraestructura existente en el emprendimiento citado en el primer párrafo precedente; todo ello para que en dicho espacio se pueda contener y/o dar respuestas integrales a situaciones destinadas a lograr el desarrollo personal, social y ocupacional de las personas con discapacidad, promoviendo actividades de contención, acompañamiento y oportunidades de inclusión y participación activa en la vida comunitaria; objetivos que exceden lo que normalmente se pudiera llegar a obtener dentro del ámbito familiar de cada una de las personas que padecen esta clase de patologías.-

                                           Que frente a tal realidad, se ha considerado adecuado y oportuno proponer la adecuación o reconversión de la infraestructura antes citada para responder a una necesidad social concreta, optimizando los recursos públicos disponibles para atender a las personas adultas y/o mayores con discapacidad; todo ello a concretarse con financiamiento del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos.-   

                                           Que la propuesta en cuestión contará con la articulación de programas  provinciales  vinculados  al  efecto  impulsados  por el IPRODI – Instituto

Provincial de Discapacidad -, además de distintos organismos competentes en la materia.-  

                                           Que la actividad prevista para el mencionado “CENTRO DE DIA”, será la de complementar las acciones que actualmente se vienen desarrollando al respecto mediante el funcionamiento del Taller de Ornamentación, Taller de Huerta y Vivero Municipal, Taller de Cocina, Manualidades, Arte y Terapia, Talleres Expresivos, etc., con la inclusión de otras actividades recreativas y de integración comunitaria que tengan por objeto favorecer la inclusión social y cultural de las personas con discapacidad.-

                                           Que las demás condiciones y/o requisitos u objetivos a cumplir, como ser autorizaciones, habilitaciones, prestaciones, conformación de equipos de trabajo, etc. -, se encuentran previstos en la propuesta formulada por la Agencia Municipal pertinente constando en diez (10) fojas que se acompañan adjuntas, a lo cual se remite a fin de no extender en demasía el contenido del presente Proyecto.-   

                                           Que a los fines de concretar la instrumentación de todos los aspectos legales y de funcionamiento relacionados al efecto, como asimismo a celebrar todos los acuerdos y/o convenios que resulten procedentes, es preciso facultar al Órgano Ejecutivo a suscribir los mismos en nombre y representación de la Municipalidad de General Galarza.-

                                           Por todo ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL GALARZA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º.- Autorízase la reconversión de la infraestructura existente en parte del inmueble municipal ubicado en la Manzana Nº 14, Solar “C” de la planta urbana de General Galarza, calle Gualeguay S/N, entre López Jordán y San José; emprendimiento que oportunamente fuera denominado “CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL” - CDI –, el cual quedó sin concretarse.-    

ARTICULO 2º.- Apruébase la implementación/construcción – en el citado predio – de un “CENTRO DE DIA” para Personas con Discapacidad – conforme Proyecto que en diez (10 ) fojas se adjunta -, el que contará con los requisitos legales correspondientes a fin de cumplir con los objetivos citados en los Considerandos; todo lo cual se da aquí por reproducido en todas sus partes.-

ARTICULO 3º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a concretar la instrumentación de todos los aspectos legales y de funcionamiento relacionados al efecto, como asimismo a celebrar y/o suscribir todos los convenios y/o acuerdos que sean procedentes a fin de lograr el objetivo propuesto.-

ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese, dese copia fiel y oportunamente archívese.-

*************************  Sala de Sesiones, 18 de Junio de 2026

Aprobada por Unanimidad.-