ORDENANZA Nº 18/2025
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- Categoría: ORDENANZAS
- Creado: Lunes, 18 Mayo 2026 11:41
Ordenanza Nº 18/2025
VISTO:
El índice de interés que se encuentra establecido en el artículo 33º - Título XVII – Capítulo I – del Código Tributario Municipal, Parte Impositiva, y…
CONSIDERANDO:
Que el mismo es aplicable actualmente a las obligaciones de pago que se adeuden a la Municipalidad de General Galarza; todo ello en concepto de interés resarcitorio por financiación, lo cual se encuentra normativamente previsto en el uno por ciento (1%) mensual sobre saldo.-
Que teniendo presente las particulares características de nuestra realidad económica y el continuo incremento en los costos de todos los bienes y servicios, se hace necesario replantear la situación existente al respecto a fin de tratar de adecuar dicho índice a las reales condiciones en que se encuentra – hoy por hoy – toda operatoria destinada a financiar el cumplimiento de pagos que se puedan concretar a cualquier nivel, ya sea de carácter público, privado y/o lo que corresponda, proponiéndose que dicha medida sea también aplicable a todas las deudas – de cualquier carácter y naturaleza - que los contribuyentes u obligados o responsables tengan con el Municipio con relación a todo tipo de tributo.-
Que en virtud de tal circunstancia, y atento los valores que se encuentran vigentes en el mercado al respecto, se ha estimado apropiado actualizar la tasa de interés prevista en el artículo señalado en el VISTO incrementando la misma al tres por ciento (3%) mensual y con aplicación para todos los casos de deudas por tributos municipales con más otro porcentaje similar en carácter de multa, manteniéndose subsistentes las demás condiciones que se encuentran obrantes en la materia.-
Que la mencionada modificación significará un mayor flujo de ingresos al erario público municipal y un resarcimiento más adecuado en aquellos casos en que se hayan producido incumplimientos de pagos en las fechas preestablecidas, como asimismo un acto de equidad y reconocimiento para aquellos que cumplen estrictamente con sus obligaciones en tiempo y forma.-
Que la circunstancia apuntada amerita la adopción de la medida que se interesa; todo ello en aras de seguir resguardando los superiores intereses de toda la comunidad.-
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL GALARZA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Modifícase - del uno por ciento (1%) - al tres por ciento (3%) el índice de la tasa de interés prevista en el artículo 33º - Título XVII – Capítulo I – del Código Tributario Municipal, aplicable a la financiación de deudas por planes municipales, con más la aplicación de un porcentaje similar en carácter de multa.-
ARTICULO 2º.- Amplíase la aplicación del índice supra citado a todas las deudas que tengan con la Municipalidad de General Galarza los contribuyentes u obligados o responsables al pago por tributos municipales de cualquier clase o naturaleza, manteniéndose subsistentes las demás condiciones obrantes en la normativa vigente al respecto.-
ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese.-
*****************************Sala de Sesiones, 19 de Diciembre de 2025.-
Aprobada por unanimidad