ORDENANZA Nº 15/2025

Ordenanza  Nº 15/2025

 

VISTO:

                                      La necesidad de sancionar el Presupuesto de Recursos y Gastos para el Ejercicio Económico 2026, atento a las disposiciones emergentes de la Ley 10.027 y su modificatoria Ley Nº 10.082, y…

CONSIDERANDO:

                                      Que tanto en la estimación de los recursos como en la previsión de los gastos, se han mantenido los procedimientos tradicionalmente adoptados por esta Administración Pública Municipal, partiendo del conocimiento de la ejecución presupuestaria cerrada al 30 de septiembre de 2025 y proyectando anualmente los valores resultantes;

                                     Que a dicha proyección corresponde adicionar la probable inflación del último trimestre del año 2025, estimada en un 6,3%, conforme los indicadores económicos disponibles al momento de la elaboración del presente Proyecto de Presupuesto;

                                      Que, según el último informe emitido por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) y las estimaciones de diversas consultoras y entidades bancarias privadas, la inflación proyectada para el año 2026 alcanzaría un 18,3%;

                                      Que, en virtud de lo expuesto, y con el fin de mantener un criterio de prudencia y coherencia en la elaboración del cálculo de recursos y gastos, el Departamento Ejecutivo Municipal ha considerado razonable aplicar un incremento estimado del 20% anual sobre la base de cálculo, reflejando así un parámetro acorde con las proyecciones económicas actuales y con las necesidades operativas del Municipio;

                                        Que en lo referente al Presupuesto de Gastos, se ha aplicado el mismo criterio utilizado en la estimación de los recursos, proyectando los gastos operativos y de capital conforme a la evolución esperada de la gestión municipal, con incrementos específicos en aquellas partidas que así lo requirieron;

                                       Que en materia de Trabajos Públicos, se prevé la ejecución de obras financiadas con recursos propios del Municipio, no previéndose para el ejercicio la recepción de fondos de origen nacional o provincial;

                                       Que, no obstante lo mencionado, el Municipio continuará gestionando diversos proyectos ante los organismos competentes, y en caso de obtenerse nuevos aportes o financiamientos, los mismos serán incorporados oportunamente al Presupuesto Municipal mediante las adecuaciones correspondientes;

                                        Que de este modo se asegura la atención de las necesidades esenciales y emergentes de la comunidad, manteniendo el equilibrio de las finanzas públicas a través de una administración ordenada, responsable y prudente, que permita continuar obteniendo resultados superavitarios, tal como ha sucedido en ejercicios anteriores, sin comprometer futuras gestiones y previendo además las reservas legales necesarias para garantizar la correcta ejecución del presente Proyecto.

      

                                Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL GALARZA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º.- Apruébase el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de General Galarza para el Ejercicio Económico 2026; todo ello en la suma de $ 5.514.548.400,00.- (pesos cinco mil quinientos catorce millones quinientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos), conforme a la información contenida en los Cuadros 1, 2, 3, 4 y 5; Planillas 1, 2. 3 y 4 y 5  y Anexos 1, 2, 3, 4, 5, y 6,  que forman parte de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 2º.- Apruébase el Plan de Trabajos Públicos para el Ejercicio Económico 2026 en la suma de $ 706.902.400,00.- (pesos setecientos seis millones novecientos dos mil cuatrocientos), atento al detalle contenido en Planilla 2.-

 ARTICULO 3º.- Apruébase para el Honorable Concejo Deliberante, y a fin de cumplir con sus objetivos de funcionalidad, la suma de $ 12.100.000,00.- (pesos doce millones cien mil), atento al detalle contenido en la Planilla 4.-

ARTICULO 4º.- Apruébase para la Agencia Municipal de Discapacidad, y a fin de cumplir con sus objetivos de funcionalidad, la suma de $ 22.500.000,00.- (pesos veintidós millones quinientos mil), atento al detalle contenido en la Planilla 5.- 

ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese.-

*****************************Sala de Sesiones, 28 de Noviembre de 2025.- 

Aprobada por unanimidad