ORDENANZA Nº 13/2024
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- Categoría: ORDENANZAS
- Creado: Martes, 08 Octubre 2024 11:59
Ordenanza Nº 13/2024
VISTO:
La Ordenanza Nº 27/2020 sobre colaboración – mediante maquinaria y personal- con los vecinos del camino-ripio “LA YANGONEA”, y…
CONSIDERANDO:
Que en la citada norma de fecha 19 de noviembre de 2020 a propuesta de los vecinos del camino de ripio “LA YANGONEA”, se convino el mantenimiento en condiciones de transitabilidad el trayecto del mismo, que posee una extensión aproximada de 19,4 km, en razón de no contar con la maquinaria adecuada ni personal al efecto, comprometiéndose los mismos – a modo de colaboración – a aportar combustible y material calcáreo para ser destinado a los trabajos de reparación y/o mantenimiento.
Que pese a encontrarse fuera del Ejido de General Galarza, pero lindante al mismo, esta gestión de gobierno hizo lugar a la solicitud formulada, requiriendo del Órgano Deliberativo local la autorización para implementar dicho sistema de colaboración descripto en la presente normativa, todo ello con vigencia durante la anterior gestión de gobierno.
Que por lo expuesto, y ante la renovación de las autoridades de gobierno – el pasado diciembre de 2023 -, el Departamento Ejecutivo Municipal solicita se autorice la continuación del sistema de coloración que en su gestión anterior se venía realizando con los vecinos del camino- ripio “LA YANGONEA” – todo ello con vigencia durante la actual gestión de gobierno – 2023/2027 - sin dejar de priorizar las actividades o trabajos públicos que esta Administración ya tiene previstos y/o diagnosticados dentro de la agenda municipal.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL GALARZA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a continuar colaborando – mediante maquinaria y personal – con los vecinos del camino de ripio denominado “LA YANGONEA”, ubicado fuera del Ejido Municipal, al Este de la Ruta Nac. N° 12 y en una extensión aproximada de 19,4 km. – previo convenio con Vialidad Provincial y Zonal de Gualeguay-, quienes a su vez aportaran combustible y material calcáreo; todo ello con vigencia durante la actual gestión de gobierno y con el objeto de efectuar la reparación y/o mantención del mismo en condiciones de transitabilidad.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese.
******************************** GENERAL GALARZA, 19 de septiembre de 2024.-
Aprobada por Unanimidad.