ORDENANZA Nº 10/2024
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- Categoría: ORDENANZAS
- Creado: Viernes, 09 Agosto 2024 12:55
Ordenanza Nº 10/2024
VISTO:
La reciente instalación y funcionamiento del sistema de semaforización en dos intersecciones de General Galarza – calles Sarmiento y Adolfo Ritou y Juan Carlos Burone y San Martín -, sin perjuicio de la oportuna continuidad de ubicación de tales elementos en distintos lugares en los que ello se considere necesario o imprescindible, y …
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Tránsito Municipal ha planteado la necesidad de contar con una norma que contemple los casos de transgresión a las normas de tránsito en los casos de “cruce con luz roja” en las vías reguladas por semáforos; situación que no se encuentra prevista en la normativa municipal vigente al respecto en razón de que en ese tiempo no existían tales medios tecnológicos en la localidad.-
Que debido a esta circunstancia, se hace preciso fijar el importe de la sanción de multa que corresponda aplicar a toda clase de vehículos en los casos de cometerse infracciones relacionadas al efecto.-
Que la ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, establece en su artículo 77º, inciso o), la clasificación de las faltas graves en materia de circulación vehicular, entre las cuales señala “La conducción de vehículos sin respetar la señalización de los semáforos”; todo ello incorporado mediante artículo 33º de la ley Nº 26.363.-
Que en virtud de tal disposición legal, se hace necesario fijar – a nivel municipal – la sanción aplicable en caso de constatarse la comisión de la infracción antes citada; todo ello en resguardo de la seguridad del tránsito - en general - y de toda la población – en particular.-
Que por lo señalado, este Municipio ha considerado procedente incorporar a la Ordenanza General de Tránsito Nº 51/74, un inciso denominado “j)”, el cual preverá una sanción para toda clase de vehículos - en carácter de multa - equivalente a cien (100) litros de nafta súper – conforme promedio de valores existentes al respecto en las estaciones de servicio de la localidad - en cada caso de constatarse la infracción de “cruzar con luz roja” los semáforos existentes y/o los que sean instalados en el futuro en General Galarza.-
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL GALARZA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- INCORPÓRASE el inciso “j)” al artículo 27º de la Ordenanza General de Tránsito Nº 51/74, el que textualmente quedará redactado de la siguiente manera, a saber: “Cruzar con luz roja los semáforos existentes y/o los que se instalen en el futuro en General Galarza, comprendiendo ello a toda clase de vehículos.- La infracción a esta norma será sancionada – en cada caso - con la imposición de multa equivalente a cien (100) litros de nafta súper, conforme promedio de valores existentes al respecto en las estaciones de servicio de la localidad”.-
ARTICULO 2º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a llevar a cabo la implementación de la medida dispuesta en el artículo anterior, por intermedio
de la Dirección de Tránsito y/o el Área Municipal que corresponda.-
ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese.-
************************** Sala de Sesiones, 1 de Agosto de 2024.-
Aprobada por Unanimidad.