ORDENANZA Nº 03/2023

Ordenanza  Nº 03/2023

VISTO:

 

                                     El producido que resulta de la actividad desarrollada en la Planta de Residuos Sólidos Urbanos – R.S.U. – de la Municipalidad de General Galarza, y…

 

CONSIDERANDO:

 

                                     Que en la citada Planta se reciclan materiales de la más diversa índole, como ser papel, cartón, vidrio, metal, telas, etc., lo que una vez clasificado y separado según categorías, es convertido en fardos que se acopian para su posterior y oportuna comercialización procediéndose a su carga en equipos de transporte.-

                                     Que esta operatoria ha ido en creciente aumento debido a un mayor volumen de residuos que genera la población, lo que tiene como consecuencia una mayor cantidad de fardos concretados que posteriormente deben ser puestos en venta.-

                                     Que la instrumentación de tal operatoria se efectuó hasta el presente mediante la emisión de facturas – por parte de la Municipalidad – y transferencias bancarias – por parte de la firma adquirente -; todo ello en legal forma conforme las disposiciones vigentes.-

                                     Que sin perjuicio de ello, esta gestión de gobierno ha estimado pertinente reglamentar expresamente dicha cuestión a los efectos de dotar de plena transparencia al procedimiento, razón por la que lo indicado sería adecuar los montos de cada operación de residuos reciclados en la Planta local a los parámetros establecidos en la Ordenanza Nº 05/2021 – modificatoria de la Ordenanza Nº 78/1987 - y su actualización de acuerdo al Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente, norma por la cual este Municipio se adhirió a la Ley Provincial Nº 10.880 que modificara el artículo 159º de la Ley Nº 10.027 – Régimen de Contrataciones de la Provincia de Entre Ríos -, lo cual rige hasta la fecha para todos los casos de “adquisición o contratación” municipal.-  

                                     Que además de esta facultad, y específicamente para el caso que nos ocupa, sería preciso incorporar en la normativa vigente de esta Municipalidad – con la conformidad de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros del H.C.D. - la autorización expresa para la “venta” de esta clase de material reciclado resultante de los trabajos efectuados o a efectuarse en la Planta de Residuos Sólidos Urbanos – R.S.U. – de General Galarza, respetando – en cada operatoria – el procedimiento correspondiente a las cantidades de salarios mínimos fijados en las disposiciones legales citadas en el párrafo anterior, manteniéndose subsistentes todas las demás condiciones obrantes al respecto, facultándose al Órgano Ejecutivo a utilizar el procedimiento previsto en el artículo 99º, inciso 1º.-, apartado a) de la Ley 10.027, modificada por ley 10.082 – “venta directa” -, como asimismo reglamentar – en caso de ser necesario – aquellos aspectos que pudieran ser materia de diferencias o interpretación diversa.-         

                                     Por todo ello el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de General Galarza sanciona con fuerza de

 

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- Incorpórase a la normativa municipal vigente citada en el cuarto párrafo de los Considerandos, la autorización de “venta” del material reciclado o a reciclar resultante  de  los  trabajos efectuados o a efectuarse en la Planta de Residuos Sólidos Urbanos de la Municipalidad de General Galarza – R.S.U. -; todo ello a concretarse en cada caso conforme los términos y condiciones establecidos en la Ordenanza Nº 05/2021, sus modificatorias, complementarias y/o demás normativa vigente, manteniéndose subsistentes todas las demás condiciones obrantes al respecto.-

 

ARTICULO 2º.-  Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a utilizar el procedimiento de “venta directa” del material citado en el artículo anterior; todo ello  conforme lo previsto en el artículo 99º, inciso 1º.-, apartado a) de la Ley 10.027, modificada por Ley 10.082, como asimismo reglamentar – en caso de ser necesario – aquellos aspectos que pudieran ser materia de diferencias o interpretación diversa.-

 

ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese.-

 

 ***************************** Sala de Sesiones 30 de Marzo de 2023.-

Aprobada por Unanimidad.