ORDENANZA Nº 25/2021
- Detalles
- Categoría: ORDENANZAS
- Creado: Martes, 07 Diciembre 2021 20:10
Ordenanza Nº 25/2021
VISTO:
La necesidad de aplicar políticas positivas para la promoción del trabajo y…
CONSIDERANDO
Que la promoción del trabajo es un deber indelegable de los poderes ejecutivo y legislativo, en todos sus niveles.
Que actualmente, la desocupación en la Argentina afecta a un porcentaje muy importante de la población económicamente activa.-
Que, el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) informó que el 40,6% de la población es pobre, lo cual representa a 11,7 millones de personas. En el segundo semestre de 2020 la pobreza había sido de 42% como consecuencia inmediata del impacto de la pandemia de coronavirus en la economía. En el primer semestre del año pasado fue de 40,9%.
Que, el Portal de Oficios es una herramienta que ya ha sido aplicada tanto en municipios de Entre Ríos como de otras partes del país.
Que, el mismo está destinado a sectores del mercado de trabajo pertenecientes a los oficios de carácter autónomo y que no pertenecen necesariamente a aquellas actividades en relación de dependencia como gasistas, profesores, electricistas, mecánicos, peluqueros, etc, pero que no quedan exceptuados.
Que, los vecinos de Galarza podrán acceder y consultar en el Portal por los profesionales que prestan el servicio a contratar, encontrando en el mismo los teléfonos de contacto y redes sociales.
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gral. Galarza sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Créase el Portal de Oficios de la Municipalidad de Galarza.
ARTÍCULO 2º: El Portal de Oficios será de carácter público y gratuito.
ARTÍCULO 3º: Serán objetivos del Portal del Oficios: a. Realizar un registro voluntario de profesionales y trabajadores de oficios, que presten servicios y sean residentes de la localidad de Galarza. b. Facilitar la información de contacto de profesionales y trabajadores de Galarza a posibles clientes o usuarios que deseen contratar un servicio. c. Ofrecer desde la Municipalidad una interfaz dentro de su página web institucional con dominio www.Galarza.gob.ar, en el cual se visualizarán los servicios prestados y el formulario de inscripción al Portal.
ARTÍCULO 4º: El formulario de pre inscripción del Portal deberá solicitar los siguientes datos: a) Nombre y apellido. b) Documento Nacional de Identidad. c) Teléfono fijo o celular. d) Domicilio e) Rubro de oficio o servicio prestado. f) Descripción de la actividad que se realiza. g) Correo Electrónico. h) Redes sociales o página web. i) Si me encuentro apto para realizar comprobantes. j) Si posee matrícula o título/certificado habilitante para prestar el servicio. Una vez realizada la pre inscripción, deberá asistir ante el área que corresponda y presentar en forma física toda la documentación solicitada.-
ARTÍCULO 5º: El Portal de Oficios se encontrará en una pestaña llamativa y permanentemente visible de la Página Web municipal.-
ARTÍCULO 6º: La Municipalidad de Galarza hará una amplia difusión de la interfaz en sus redes sociales con el objetivo de aumentar la visibilidad del Portal de Oficios.
ARTÍCULO 7º: La autoridad de aplicación de la presente normativa será el área a quien el DEM destine.-
ARTÍCULO 8º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y oportunamente archívese.-
*****************************Sala de Sesiones, 29 de Noviembre de 2021.-
Aprobada por Unanimidad.