ORDENANZA Nº 12/2020

Ordenanza  Nº 12/2020

 VISTO:

                                           La finalización de obras del Cuerpo de Nichos Nº 40 en el Cementerio Municipal y la necesidad de reglamentar su adjudicación, y… 

 CONSIDERANDO:

                                         Que al respecto, es preciso instrumentar la norma municipal que permita a los futuros adjudicatarios tener acceso a los mismos mediante el sistema de “Concesión”.-                            

                                         Que las adjudicaciones por este procedimiento, posibilitan que el Municipio pueda amortizar la inversión en menor plazo y de esta manera continuar con la planificación de esta clase de trabajos públicos.- 

                                         Que en tal sentido, y concluida la construcción del mencionado Cuerpo compuesto por un total de cincuenta y cuatro (54) bocas simples y diez (10) bocas dobles, el Departamento Ejecutivo Municipal ha estimado procedente someter la cuestión a tratamiento del Honorable Concejo Deliberante a fin de que este Órgano resuelva en definitiva acerca de los requisitos que se establecerán para su otorgamiento; todo lo cual se expresará en la parte resolutiva de esta norma legal.-

                                         Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Galarza sanciona con fuerza de

 

ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1º: Reglaméntese la adjudicación de Nichos correspondientes al Cuerpo Nº 40 del Cementerio Municipal, compuesto por un total de cincuenta y cuatro (54) bocas simples y diez (10) bocas dobles; todo ello conforme las condiciones, formalidades, precios y plazos que se fijan en el presente ordenamiento legal.-

ARTÍCULO 2º: Establécese a los efectos referidos en el artículo anterior y en cada caso en particular, la adjudicación mediante el sistema de “Concesión de Uso” por el término de cincuenta (50) años, según condiciones previstas en la presente.-

ARTÍCULO 3º:  Fìjase el precio de las concesiones correspondientes a las distintas Filas del Cuerpo y conforme su ubicación, de la siguiente manera, a saber:

  1. FILA Nº 1: Dieciséis (16) Nichos Simples: …………………….. $ 12.100,00.- c/u
  2. FILA Nº 2: Seis (6) Nichos Simples: …………………………….$ 18.150,00.- c/u

                    Cinco (5) Nichos Dobles: …………………………....$ 36.300,00.- c/u

  1. FILA Nº 3: Seis (6) Nichos Simples: ……………………………..$ 21.780,00.- c/u

                                Cinco (5) Nichos Dobles: …………………………….$ 43.560,00.- c/u

  1. FILA Nº 4: Dieciséis (16) Nichos Simples:………………………..$ 11.583,00.- c/u

 ARTÍCULO 4º: Dispònese que la Concesión de los Nichos correspondientes a las Filas Nº 2 y Nº 3, solamente será otorgada mediante su pago al contado.-

 ARTÍCULO 5º: Dispònese que la Concesión de los Nichos correspondientes a las Filas Nº 1 y Nº 4, se le aplicará un interés del diez por ciento (10%) sobre el total del precio por la ubicación otorgada, en las siguientes condiciones:

 

  1. ANTICIPO: Al suscribir el plan de pago, se deberá abonar el veinte por ciento (20%) del precio resultante por la ubicación del Nicho, conforme el procedimiento descripto en el párrafo anterior;
  2. FINANCIACIÓN: El saldo financiable del ochenta por ciento (80%) restante, deberá ser abonado por el interesado hasta en un plazo máximo de seis (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con plazo de pago hasta el día 15 de cada mes.-
  3. En relación a lo antes descripto, se deberá realizar una evaluación de cada caso en particular, para conocer la realidad económica de cada familia y poder adecuarse a la misma.

 

ARTÌCULO 6º: Establécese que el incumplimiento de las condiciones previstas en el artículo anterior, hará pasible al Concesionario de las sanciones establecidas en la legislación municipal vigente.- Sin perjuicio de ello, y en caso de falta de pago en tiempo y forma de dos (2) cuotas consecutivas, la Municipalidad de General Galarza quedará facultada a disponer la caducidad del plan otorgado y exigir el pago total del saldo adeudado o rescindir la Concesión, a su elección, con devolución de las sumas entregadas sin interés ni actualización alguna, previa deducción de los gastos administrativos que puedan corresponder y notificando el otorgamiento de plazo para desocupar el respectivo Nicho, bajo apercibimientos legales.-

 

ARTÌCULO 7º: Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese.-   

 

************************************Sala de Sesiones, 30 de Julio de 2020.

Aprobada por Unanimidad.