ORDENANZA Nº19/2020

Ordenanza  Nº 19/2020

 

 

VISTO:

                                     La importancia de incorporar a los espacios públicos de la ciudad de General Galarza conexión a WI-Fi  y…

CONSIDERANDO:

           Que ante la situación extraordinaria que estamos pasando por la pandemia Covid-19, la educación es una de las más afectadas, y aún sin fecha del regreso a las aulas, por lo que los docentes se han  tenido que adaptar a enviar materiales de estudios y hasta clases virtuales a través de internet.  Ya que muchos de alumnos no cuentan con ello en su casa es importante que lo puedan tener en una plaza o parque más cercano a su casa.-

          Que cuando hablamos de WIFI nos referimos a una de las tecnologías de comunicación inalámbrica, mediante ondas, más utilizada hoy en día.

          Que la implementación de un servidor gratuito en las principales plazas de la localidad democratizará el acceso a Internet de los ciudadanos y cumpliendo con el objetivo principal que es garantizar el acceso a la educación.

          Que la iniciativa permita a las personas que dispongan de un dispositivo con conexión Wi-Fi, como las notebook o los celulares, puedan conectarse desde los edificios municipales, las plazas y parques principales de la Ciudad.

           Que la mayoría de los celulares actuales tiene acceso inalámbrico a Internet por lo que el programa no solo está dirigido a los portadores de una notebook.

           Que una vez configuradas, las redes Wi-Fi permiten el acceso de múltiples ordenadores sin ningún problema ni gasto en infraestructura, no así en la tecnología por cable.

                                      Por ello el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Gral. Galarza sanciona la siguiente

ORDENANZA

ARTICULO 1º.  COLÓQUESE en los distintos edificios municipales como así también en plazas y parques de nuestra ciudad, conexión a internet vía WIFI.

ARTICULO 2º.- La incorporación de WIFI, consistirá en la implementación gradual del servicio de Internet gratuito, las 24 horas, en diferentes sectores públicos de la ciudad de General Galarza.-

ARTICULO 3º.- El Poder Ejecutivo previo estudio técnico definirá los lugares a cubrirse con esta tecnología.-

ARTICULO 4º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a realizar distintos convenios y/o acuerdos con la Administración Pública Nacional, con la  Administración Pública Provincial y con empresas privadas que permitan aplicar dicho beneficio para nuestros ciudadanos.-

 

ARTICULO 5º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a dictar normas y reglamentos que contemplen disposiciones adecuadas a los propósitos y finalidades de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

**************************************Sala de Sesiones, 20 de Agosto de 2020.

Aprobada por Unanimidad.