ORDENANZA Nº 01/2022

Ordenanza  Nº 01/2022

VISTO:

 

                                             Los importes que se encuentran vigentes en esta Municipalidad para la percepción de la “TASA POR HABILITACIÓN Y ESTUDIO DE FACTIBILIDAD DE UBICACIÓN” y la “TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCUTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURAS RELACIONADAS”, y…

 

CONSIDERANDO

                                          

                                           Que los montos de las referidas tasas han quedado desactualizados en razón del constante y paulatino incremento de todos los precios de nuestra economía que se viene verificando hasta el presente.-

 

                                           Que atendiendo esta circunstancia, se hace necesario actualizar dichos valores para permitir la adecuada prestación de los servicios comprometidos en el hecho imponible de las tasas en cuestión.-

                                            Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gral. Galarza sanciona con fuerza de

 

ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1º: FÍJANSE los importes a abonar por cada estructura portante de antenas de telefonía (sea telefonía fija, celular o móvil, radiotelefonía o similares) de cualquier altura y tipología, conforme el siguiente detalle, a saber:

 

  1. TASA POR HABILITACIÓN Y ESTUDIO DE FACTIBILIDAD DE UBICACIÓN: $ 120.000,00.- (PESOS CIENTO VEINTE MIL), por única vez y por cada estructura portante.-
  2. TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURAS RELACIONADAS: $ 190.000,00.- (PESOS CIENTO NOVENTA MIL) anuales por cada estructura portante.-

En caso de estructuras portantes denominadas “no convencionales” y/o “wicaps”, los montos previstos en este Artículo se reducirán a UN TERCIO (1/3).-

 

Las estructuras portantes utilizadas exclusivamente para el montaje de antenas correspondientes a servicios semipúblicos de larga distancia, quedarán exentas del pago de las tasas previstas en este Artículo.-

 

ARTÍCULO 2º: La presente Ordenanza será de aplicación a las tasas antes citadas, a percibir por el Año 2022.-

 

ARTÍCULO 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y oportunamente archívese.-

 

*****************************Sala de Sesiones, 31 de Marzo de 2022.-

Aprobada por Unanimidad.