ORDENANZA Nº 05/2022

Ordenanza  Nº 05/2022

VISTO:

 

 

                                       La Ordenanza Nº 13/09 de fecha 2 de Julio de 2009, y…

 

CONSIDERANDO:

 

                                       Que mediante la citada norma legal, se establecieron los requisitos obligatorios para la organización y realización de espectáculos públicos en el ámbito de jurisdicción de la Municipalidad de General Galarza, teniendo presente que tales eventos solamente podrán ser solicitados y eventualmente efectuados por entidades o instituciones.-

                                       Que dentro de las condiciones a cumplir, se encuentra la obligación por parte de la entidad o institución organizadora de un evento, de contratar un Seguro de Responsabilidad Civil y/o Espectadores, siendo la cobertura mínima a la fecha de $ 250.000,00.- (pesos doscientos cincuenta mil).-

                                       Que el mencionado importe se encuentra vigente desde hace muchos años, habiendo quedado totalmente desactualizado en razón del constante incremento de todos los precios de nuestra economía siendo totalmente insuficiente en caso de producirse algún siniestro que origine obligación de pago de la cobertura asegurada.-

                                       Que ante lo expuesto, y con el objeto de seguir manteniendo coherencia con los aumentos que se han producido en el transcurso de dicho lapso, esta gestión de gobierno ha estimado apropiado adecuar dicho valor a la realidad actual y proponer una elevación del importe exigido hasta el presente, fijándose el mismo – conforme actualización automática – en la suma de $ 2.500.000,00.- (pesos dos millones quinientos mil), manteniéndose subsistentes y sin modificaciones las demás condiciones obrantes en la norma original.-

                                       Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gral. Galarza sanciona con fuerza de

 

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º.- Modifícase el importe de la cobertura mínima del Seguro de Responsabilidad Civil y/o Espectadores, prevista en la Ordenanza Nº 13/2009 para los casos de organización y realización de espectáculos públicos por parte de entidades o instituciones, fijándose su nuevo valor en la suma de $ 2.500.000,00.- (pesos dos millones quinientos mil), manteniéndose subsistentes y sin modificaciones las demás condiciones obrantes en la precitada norma legal.-

 

ARTICULO 2º.- Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese.-

 

**************************************Sala de Sesiones, 21 de Abril de 2022.-

Aprobada por Unanimidad.