ORDENANZA Nº 09/2022

Ordenanza  Nº 09/2022

VISTO:

                                                  La necesidad de fijar nuevos valores para adecuar el costo de la extensión/conexión del servicio de Red Cloacal; y…

CONSIDERANDO:

                                    Que a fin de prever la realización de tal tipo de mejoras en diversos sectores de la localidad, es necesario previamente adecuar los importes existentes a la realidad económica actual; todo ello con el objeto de continuar con la extensión o prolongación de un servicio que es de vital importancia para toda la comunidad.-

                                    Que en tal sentido, y teniendo presente los costos que representa – hoy por hoy – la concreción de una obra de tales características, esta gestión de gobierno ha estimado pertinente proponer al H.C.D. se apruebe la actualización de los importes a reintegrar por dichos trabajos, valores que se encuentran vigentes desde el 11 de Abril del 2019 mediante Ordenanza Nº 03/19, considerando que de los valores reales se aplica solo un porcentaje para que el mismo no genere un impacto económico significativo para la comunidad de General Galarza.-

                                    Que a los fines de su instrumentación práctica, los nuevos importes sugeridos serán expresados en forma discriminada en la parte resolutiva de la presente norma legal en un todo de acuerdo al detalle otorgado al efecto por el Área de Obras Públicas Municipal, fijando a su vez las formas y/u opciones de pago dejándose sin efecto toda otra disposición que se oponga a la misma.-

                                    Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de General Galarza sanciona con fuerza de

 O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º.-  Fijanse nuevos valores para el recupero de las obras de extensión/conexión del servicio de Red Cloacal en la localidad de General Galarza, estableciéndose al respecto un nuevo cuadro tarifario, a saber:

COLECTORA POR EJE MEDIO DE CALLE ------------------------------------ $ 1.386,00

DERECHO DE CONEXÍON LARGA --------------------------------------------- $ 18.487,00

COLECTORA POR VEREDAS ---------------------------------------------------- $ 2.772,00

DERECHO DE CONEXIÓN CORTA -------------------------------------------- $ 13.412,00

 

ARTÍCULO 2º.- Establécese que las mejoras en cuestión podrán ser canceladas de la siguiente manera, a saber:

  1. PAGO CONTADO: Las liquidaciones abonadas al contado tendrán un descuento de diez por ciento (10%) en carácter de bonificación.-
  2. PAGO HASTA EN TRES (3) CUOTAS: Las liquidaciones abonadas mediante esta modalidad podrán ser canceladas sin interés.-

 

 

 

  1. PAGO HASTA SEIS (6) CUOTAS: Las liquidaciones abonadas mediante esta modalidad tendrán un interés del dos por ciento (2%) mensual.-
  2. PAGO HASTA DOCE (12) CUOTAS: Las liquidaciones abonadas mediante esta modalidad tendrán un interés del dos por ciento (2%) mensual, siendo solo y únicamente aplicable a los usuarios de escasos recursos, previo análisis e informe socio-economico practicado por el Área de Acción Social Municipal que asi lo demuestre.-  

ARTÍCULO 3º.- Déjase sin efecto toda otra disposición que se oponga a lo previsto en la presente norma legal.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese

************************************* General Galarza, 2 de Junio de 2022.-

Aprobada por Unanimidad.