ORDENANZA N° 25/2022

Ordenanza  Nº 25/2022

 

VISTO:

 

                                        La Ordenanza Nº 41/12 de fecha 26 de Noviembre de 2012, mediante la cual esta Municipalidad aceptó la donación de 4,3162 has. de terreno efectuada por la Cooperativa Agrícola Mixta “La Protectora” Limitada con destino a CALLES PUBLICAS; todo ello en el loteo de la misma ubicado en el éjido de General Galarza, Zona de Quintas, Quinta XVI, sector Oeste de la localidad, entre calle Gregoria Pérez y Avenida Circunvalación Eva Perón, y …

 

CONSIDERANDO:

 

                                       Que en el artículo 3º de la citada norma legal, textualmente – en su parte pertinente – se dispuso que “cualquier solicitud de instalación o provisión de servicios públicos…, quedará sujeta a las disponibilidades o posibilidades técnicas y económicas de este Municipio”.-

                                       Que a modo aclaratorio, es dable mencionar que han culminado los trabajos de extensión de la red troncal de cloacas y agua potable en el referido predio, recepcionados en forma provisoria en fecha 28/10/2022; todo ello concretado por la firma constructora “José Eleuterio Pitón” de la ciudad de Gualeguay y dentro de las actuaciones denominadas “Licitación Pública” – AMPLIACION DE LAS REDES DE AGUA Y CLOACAS DE LA CIUDAD DE GENERAL GALARZA”.-

                                       Que en virtud de ello, y ante el requerimiento en tal sentido formulado por adquirentes de parcelas en el loteo, es ésta la oportunidad propicia para dar inicio a los respectivos trabajos de conexión o instalación a la red del servicio de provisión de AGUA POTABLE.-

                                       Que a los fines de concretar estos trabajos, es preciso señalar que el Municipio no posee la capacidad material ni infraestructura suficiente para  encarar su realización, lo cual debiera ser efectuado por la Cooperativa de Agua Potable de General Galarza, quien en definitiva es proveedora del suministro de agua en la localidad contando con toda la logística y capacidad para llevar a cabo todas las conexiones a cada una de las parcelas del loteo.-   

                                       Que por lo mencionado, y con el objeto de que los titulares de fracciones de terreno en dicho loteo puedan contar a la mayor brevedad con un servicio de carácter esencial, esta gestión de gobierno ha estimado oportuno CEDER Y TRANSFERIR en forma gratuita a la Cooperativa de Agua Potable toda la instalación efectuada, con más la estación de bombeo y el tanque elevado, suscribiéndose al efecto el pertinente convenio en tal sentido.-  

                                       Que atento lo previsto en el artículo 95º, inciso r) de la Ley 10.027 y su modificatoria, la enajenación de bienes que se interesa debe ser autorizada por el Concejo Deliberante; en este caso con la aprobación de las 2/3 partes de la totalidad de sus miembros.-                                      

                                       Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de  General Galarza sanciona con fuerza de

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º.- Autorízase CEDER Y TRANSFERIR – en forma gratuita – toda la  RED DE AGUA POTABLE instalada en el loteo de la Cooperativa Agrícola Mixta “La Protectora” Limitada, con más la estación de bombeo y el tanque elevado; todo ello a favor de la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de General Galarza Limitada.-  

 

ARTICULO 2º.- Dispónese la suscripción del respectivo convenio en el cual constarán los derechos y obligaciones de las partes.-

 

ARTICULO 3º.- Otórgase copia fiel de la presente Ordenanza a toda parte interesada.-

 

ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese.-

 

*************************** Sala de Sesiones, 7 de Diciembre de 2022.-

Aprobada