ORDENANZA N° 28/2022

Ordenanza  Nº 28/2022

 

 

VISTO:

                                   

                        La necesidad de sancionar el Presupuesto de Recursos y Gastos para el Ejercicio 2023, atento a las disposiciones emergentes de la Ley 10.027 y su modificatoria  Ley 10.082, y…

 

CONSIDERANDO:

                                   

                                     Que tanto en la estimación de los recursos como en la previsión de los gastos, se han mantenido los procedimientos tradicionalmente adoptados por esta Administración Pública, partiendo del conocimiento de la ejecución presupuestaria cerrada al 31/08/2022 y teniendo en cuenta el comportamiento de precios del presente año, con una inflación acumulada hasta Agosto de 2022 del 56,40% , se puede proyectar al año, según Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) del Banco Central ante consulta de entidades Financieras y Consultoras, que la misma rondaría el 99,90 % para el año 2022; porcentaje estimativo que se aplicará en el Proyecto del Presupuesto.-

                                    Que con respecto al Presupuesto de Gastos, se ha seguido idéntico criterio en cuanto a la proyección de los gastos operativos y de capital, y que se han incrementado en algunas partidas de gastos apoyados por el incremento de los ingresos, como es la Partida Personal, para atender a eventuales incorporaciones o mejoras por cambio de antigüedad y categoría y por mejoras salariales; esto último por el comportamiento inflacionario de la economía que conlleva ajustes periódicos de los salarios del personal.-

                                    Que se experimenta un incremento mucho mayor que años anteriores del sector Bienes de Consumo y Servicios no Personales por una mayor variación de los precios de combustibles y las reparaciones y mantenciones de vehículos que lleva a la contratación de mano de obra de terceros ocasionados por un mayor incremento en los servicios y obras municipales, evitando desatender las necesidades básicas de la comunidad.-

                                    Que en materia de Trabajo Público se prevé la continuidad de obras como Ampliación de Viviendas, Alumbrado Público, Ciclovía, construcción de nuevas  viviendas  municipales, arreglos de calles, veredas y cordón cuneta, y otras obras de considerable importancia, obras que se llevarán a cabo con recursos propios y también con fondos provinciales y nacionales.-

                                    Que se ha logrado mantener el equilibrio en las finanzas presupuestarias,  poniendo  el acento en la atención de las necesidades primarias de la comunidad, sin descuidar la obra pública que avanza en la integración de los distintos sectores de la población, manteniendo una ordenada y cautelosa administración que nos permita la obtención de superávit como viene ocurriendo los años anteriores, sin comprometer futuras gestiones y finalmente, previendo las reservas legales que aseguren la ejecución del proyecto.-

                                    Que, se agrega para cumplir con los objetivos de funcionalidad, los gastos del Honorable Concejo Deliberante por un monto estimativo del 5% y de la Agencia Municipal de Discapacidad por un monto estimativo del 3% sobre el presupuesto del Ejecutivo.-                                       

                                    Por todo ello,  el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de General Galarza sanciona con fuerza de

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º.- Apruébase el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de General Galarza para el Ejercicio Económico 2023, en la suma de

  

$ 914.694.000,00.- (pesos novecientos catorce millones seiscientos noventa y cuatro mil), conforme a la información contenida en los Cuadros 1, 2, 3, 4 y 5; Planillas Nº 1 y 2 y Anexos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 11, que forman parte de la presente Ordenanza.-

 

ARTICULO 2º.- Apruébase el Plan de Trabajos Públicos para el Ejercicio 2023 en la suma de $ 247.000.000,00.- (pesos doscientos cuarenta y siete millones), atento al detalle contenido en el Cuadro 2, Planilla Nº 2 y Anexo 9 de la presente Ordenanza.-

 

ARTICULO 3º.- Apruébase para cumplir con los objetivos de funcionalidad del Honorable Concejo Deliberante, en la suma de $ 14.601.842,46 (pesos catorce millones seiscientos un mil ochocientos cuarenta y dos con cuarenta y seis centavos), atento al detalle contenido en el Cuadro 2 y Planilla 2.-

 

ARTICULO 4º.- Apruébase para cumplir con los objetivos de funcionalidad de la Agencia Municipal de Discapacidad, en la suma de $ 8.500.000,00.- (pesos ocho millones quinientos mil), atento al detalle contenido en el Cuadro 2 y Anexo 11.

 

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, dese a publicidad y oportunamente archívese.-

******************************Sala de Sesiones, 14 de Diciembre de 2022.

Aprobada por Unanimidad.