ORDENANZA Nº 09/18

ORDENANZA Nº 09/18

 

VISTO:

                              La necesidad de adquirir herramientas de trabajo que permitan mantener y/o agilizar la recolección de ramas y la limpieza del sistema de red cloacal, y ...

CONSIDERANDO:

                                         Que en tal sentido, contándose con el asesoramiento técnico profesional pertinente y la experiencia de otros Municipios, se ha estimado como viable que la Municipalidad de General Galarza debiera contar con las siguientes herramientas de trabajo - en ambos casos nuevas -, y conforme el siguiente detalle, a saber

a).- Una (1) Chipeadora Modelo CH-1200M, accionada con motor diesel de 6 cilindros, con tolva de alimentación y sistema neumático de expulsión de chips, con boca de entrada de hasta 300 m.m. de diámetro, con capacidad de producción de 6 hasta 10 tn./hora, y demás especificaciones técnicas que correspondan al citado bien;

b).- Un (1) Desobstructor DR3000, motor diesel de 4 cilindros, de 70 H.P., con bomba tricilíndrica, con válvula reguladora de presión, tacos antivibradores, tanque, carretel principal, manguera, luces reglamentarias, y demás especificaciones técnicas que correspondan al citado bien.-

                                                Que en razón de las características de estos elementos, se podría mejorar considerablemente el servicio prestado a los vecinos: en el primer caso, ello ayudaría a mantener una prestación eficiente, evitando la existencia de ramas en exceso en esta temporada otoñal donde las cantidades superan la capacidad dé recolección, además de que la misma generará los recursos para cubrir dicho servicio; todo ello en razón de no contarse con maquinaria específica para su disposición final, y en el segundo caso, poseer un equipo de las condiciones interesadas sería trascendental ya que los elementos de limpieza cloacal hoy utilizados - varillas de hierro de 3 metros con uniones a rosca - son obsoletos y no existen más en el mercado, además de que el empleado encargado de tal tarea debe realizar un esfuerzo excesivo.-

 Que habiéndose estimado el aspecto económico de la cuestión, su instrumentación debería canalizarse mediante el procedimiento de "Licitación Pública", prevista en la primera parte del artículo 159° de la Ley N°l0.027, modificada por Ley 10.082 y la Ordenanza de Contrataciones N° 78/87, sus modificatorias y/o complementarias, haciéndose mención de que esta Municipalidad cuenta con las respectivas disponibilidades presupuestarias y la conformidad del Área Contable Municipal. -

Que atento la situación expuesta, y con el fin de que la adquisición de los referidos elementos de trabajo puedan permitir una más rápida y eficiente prestación de los servicios públicos que se encuentran proyectados a través del presente, el D.E.M. ha estimado apropiado proponer su tratamiento al Concejo Deliberante Municipal a fin de que dicho Cuerpo apruebe la operación de compra supra referida mediante el procedimiento de "Licitación Pública", facultando al Órgano Ejecutivo a proceder al dictado de las restantes formalidades legales y reglamentar la misma - en caso de ser necesario -, suscribiendo todos los instrumentos que sean precisos al efecto.-

Por ello, y en razón de sus atribuciones y normativas legales vigentes, el Honorable Concejo Deliberante de General Galarza sanciona con fuerza de:

                                                       ORDENANZA

ARTICULO 1°.- Apruébase la adquisición de una (1) Chipeadora Modelo CH-1200M y un (1) Desobstructor DR3000, en ambos casos nuevos, los que en líneas generales deberán reunir las características y/o especificaciones técnicas que se encuentran descriptas en los puntos a).- y b).- de los Considerandos y que aquí se dan por reproducidas en todas sus partes.-

 

ARTICULO 2°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a instrumentar la respectiva norma legal disponiendo el llamado a "Licitación Pública" a tal efecto sin establecer "Presupuesto Oficial", con más el cumplimiento de 1 restantes formalidades que por ley correspondan, como asimismo - en caso de necesario - a reglamentar la misma y suscribir todos los instrumentos que sean precisos al efecto.-

 

ARTICULO 3°.- Regístrese, comuniqúese y  oportunamente   archívese.-

 

*************************************Sala de Sesiones, 07 de Junio de 2018.-

Aprobada por Unanimidad.-

Jorge Reynoso, Presidente de H.C.D.-

Rosana Cuevas, secretaria de H.C.D.-