ORDENANZA Nº 01/18

ORDENANZA Nº 01/18

 

 VISTO:

                                   La Ordenanza Nº 03/17 de fecha 16 de Enero de 2017, y …

 CONSIDERANDO:

                                    Que mediante la misma – según artículo 3º -, la Municipalidad de General Galarza dispuso en tal oportunidad incrementar los avalúos de todos los inmuebles existentes en la localidad a los fines de la percepción de la Tasa General Inmobiliaria – Barrido y Limpieza -, conforme la facultad prevista en el Código Tributario Municipal, Parte Especial, Artículo 86º, en cualquiera de sus modalidades manteniéndose sin modificaciones las alícuotas vigentes.-

                                   Que debido al aumento en los costos de los bienes y servicios de nuestra economía, y tratando de seguir un parámetro medianamente similar al incremento inflacionario del año 2017, esta gestión de gobierno ha estimado como prudente y razonable efectuar una adecuación de los actuales valores a fin de que la recaudación que se obtenga permita continuar con la normal prestación de todos los servicios o funciones que son propias e inherentes a la actividad municipal, aumentado asimismo los mínimos vigentes y los inmuebles baldíos.-

                                   Que además, se estima como equitativo eximir del pago de la Tasa General Inmobiliaria – Barrido y Limpieza - por el año 2018, a todos aquellos propietarios/frentistas que hayan abonado al contado el costo del pavimento asfáltico construido durante esta gestión de gobierno.-  

                                   Que a su vez, se ha considerado propicio modificar las fechas de vencimiento de la citada Tasa; todo lo cual se expresará en detalle en la parte resolutiva de la presente norma legal.-

                                   Que en razón de lo expuesto, el D.E.M. considera pertinente y oportuno proponer al Cuerpo Deliberativo local se consideren y aprueben las modificaciones parciales señaladas para su aplicación práctica a partir del primer vencimiento y/o pago anual del año 2018, en cualquiera de sus modalidades y con posterior inclusión en el respectivo Código, autorizándose al D.E.M. a reglamentar la misma, en caso de corresponder y/o ser necesario.-  

                                   Por ello, en razón de sus atribuciones  y normativas legales vigente, el Honorable Concejo  Deliberante de la Municipalidad de General Galarza sanciona con fuerza de:

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º.- Modifícase parcialmente la Ordenanza Nº 03/17 de fecha 16 de Enero de 2017; todo ello destinado a la liquidación/percepción de la Tasa General Inmobiliaria – Barrido y Limpieza.-

 

ARTICULO 2º.- Increméntanse en un veinte por ciento (20%) los avalúos que se encuentran vigentes en la Municipalidad de General Galarza en virtud de la Ordenanza citada en el artículo anterior, comprendiendo todos los inmuebles – terrenos y mejoras – existentes en la localidad.-

 

ARTICULO 3º.- Increméntanse en un veinte por ciento (20%) todos los mínimos vigentes, aumentándose además en un cien por ciento (100%) los mínimos de todos los inmuebles baldíos.- 

  

ARTICULO 4º.- Exímase del pago de la Tasa General Inmobiliaria – Barrido y Limpieza – por el año 2018, a todos aquellos propietarios/frentistas que hayan abonado al contado el costo del pavimento asfáltico construido durante esta gestión de gobierno.-   

 

ARTICULO 5º.- Fíjase la vigencia de la presente Ordenanza a partir del primer vencimiento del año 2018 y/o pago anual año 2018.-

 

ARTICULO 6º.- Establécense las siguientes fechas de vencimiento de la citada Tasa:

 

15 de Febrero de 2018: primer bimestre o pago anual;

16 de Abril de 2018: segundo bimestre;

15 de Junio de 2018: tercer bimestre;

15 de Agosto de 2018: cuarto bimestre;

15 de Octubre de 2018: quinto bimestre;

17 de Diciembre de 2018: sexto bimestre.-

 

ARTICULO 7º.- Mantiénense subsistentes las restantes disposiciones establecidas en la Ordenanza Nº 03/17.-

 

ARTICULO 8º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar la presente Ordenanza; todo ello en caso de corresponder y/o ser necesario.-

 

ARTICULO 9º.- Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese.-

 

***************************  SALA DE SESIONES, 08 de Enero de 2018.-

 

Aprobada por Unanimidad.

 Jorge Reynoso, Presidente de H.C.D.-

Rosana Cuevas, secretaria de H.C.D.-