ORDENANZA Nº 22/17

ORDENANZA Nº 22/17

 

 VISTO:

Los inconvenientes de tránsito que se originan en la intersección de calles López Jordán - con sentido de circulación de Este a Oeste -y calle 9 de Julio - con sentido de circulación Sur a Norte -, esquina desde la cual solamente se puede transitar hacia el Oeste en un camino afirmado o hacia el Norte en un camino mejorado que se deteriora en caso de copiosas lluvias, debiéndose en tal supuesto continuar hasta calle San José para luego hacer los giros que correspondan y retomar la circulación hacia el centro de la localidad, lo cual es algo complicado y totalmente innecesario, y ...

CONSIDERANDO:

Que efectuadas las consultas técnicas a las respectivas Áreas Municipales, se ha arribado a la conclusión de que sería factible mejorar la transitabilidad en el citado sector en caso de establecerse una "doble mano" de circulación con estacionamiento a ambos lados - en una extensión de cien (100) metros - sobre calle López Jordán que cuenta con pavimento asfáltico, entre 9 de Julio y 25 de Mayo.-

Que en tal supuesto, los conductores no tendrían que dar una "vuelta a la manzana" de más hacia el Norte - hasta calle San José - para luego volver a retomar hacia el Sur; lo cual carece de sentido común además de generar un gasto extra y molestias innecesarias.-

Que en caso de concretarse la propuesta en cuestión, ello no comprendería al tránsito pesado en ninguna de sus variantes y/o versiones.-

Por ello, y en razón de sus atribuciones y normativas legales vigentes, el Honorable Concejo Deliberante de General Galarza sanciona con fuerza de:

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1°.- ESTABLÉCESE, a partir de la aprobación de la presente, la doble mano de circulación en calle López Jordán en una extensión de cien (100) metros, entre calles 9 de Julio y 25 de Mayo, permitiéndose el estacionamiento vehicular en ambos lados de la citada extensión.

 

ARTICULO 2°.- FÍJASE un plazo de sesenta (60) días corridos a contar

 

desde la aprobación de esta Ordenanza, para elaborar nueva cartelería en reemplazo de la existente afectándose al efecto al personal que corresponda de las Áreas Tránsito y Obras Públicas.- Cumplido el término antes señalado, esta Ordenanza regirá plenamente en todo su articulado.-

 

ARTICULO.- ESTABLÉCESE expresamente que esta norma legal no comprende al tránsito pesado en ninguna de sus formas y/o variantes.-

 

ARTICULO 4°.- DERÓGASE - a partir de la aprobación de la presente - toda normativa y/o disposición anterior referida al sentido de circulación y estacionamiento en la extensión de la citada calle que es motivo de esta norma legal, disponiéndose la más amplia difusión de la modificación aprobada. -

 

ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese.-

 

*********************  Sala de Sesiones, 09 de Noviembre de 2017.-

 

APROBADA POR MAYORIA.

VOTOS POSITIVOS: CUATRO (4): BOZZANI, VASCHCHUK, O’DWYER Y COGORNO.- BLOQUE CAMBIEMOS.

ABSTENCIONES: TRES  (3) : ZELAYA, DEMARTINI Y MUÑOZ.-BLOQUE FRENTE para la VICTORIA.-

JORGE REYNOSO, PRESIDENTE H.C.D.-

ROSANA CUEVAS, SECRETARIA H.C.D.-