ORDENANZA Nº 07/16

ORDENANZA Nº 07/16


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VISTO:


La finalización de obras del Cuerpo de Nichos Nº 36 en el Cementerio Municipal, y la necesidad de reglamentar su adjudicación o locación, y …


CONSIDERANDO:


Que al respecto, es preciso instrumentar la norma municipal que permita a los futuros adjudicatarios tener acceso a los mismos mediante el sistema de “Concesión”.-


Que las adjudicaciones por este procedimiento, posibilitan que el Municipio pueda amortizar la inversión en menor plazo y de tal manera continuar con la planificación de esta clase de trabajos públicos.-


Que asimismo y con relación a este Cuerpo, se ha estimado pertinente preveer que la Fila Nº 4 – ya sea en forma total o parcial y/o conforme los requerimientos existentes al respecto - sea destinada a locación en aquellos supuestos en que los interesados, por el motivo que fuere, no puedan o no quisieran acceder a la adjudicación por “Concesión”.-


Que en tal sentido, y concluida la construcción del mencionado Cuerpo compuesto por un total de cincuenta y seis (56) bocas simples – conforme croquis y cómputos que en dos (2) fs. se adjunta -, el Departamento Ejecutivo Municipal ha considerado procedente someter la presente a tratamiento del H. C. D. local a fin de que este Órgano resuelva en definitiva acerca de las modalidades y/o condiciones que se proponen para su otorgamiento; todo lo cual se expresará en la parte resolutiva de esta norma legal.-


Que la presente facultad se enmarca dentro de la atribución dispuesta en el artículo 95º, inciso ñ) de la Ley 10.027, modificada por Ley 10.082, el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de General Galarza sanciona la siguiente


ORDENANZA


ARTICULO 1º.- Reglaméntase la adjudicación correspondiente al Cuerpo de Nichos Nº 36 del Cementerio Municipal, compuesto por un total de cincuenta y seis (56) bocas simples – según croquis y cómputos que en dos (2) fojas se adjunta y pasa a ser parte integrante de esta norma -; todo ello conforme las condiciones, formalidades, precios y plazos que se establecen en el presente ordenamiento legal.-


ARTICULO 2º.- Establécese a los efectos referidos en el artículo anterior y en cada caso en particular, la adjudicación mediante el sistema de “Concesión de Uso” por el término de cincuenta (50) años, según condiciones previstas en la presente y con relación a las Filas 1º, 2º y 3º.-


ARTICULO 3º.- Fíjase el precio de las concesiones correspondientes a las Filas mencionadas en el artículo anterior y conforme su ubicación, previéndose además y para el caso de corresponder o existir disponibilidad, el precio correspondiente a la locación de la Fila 4º; todo ello de la siguiente manera, a saber:


a) 1º FILA: Catorce (14) Nichos Simples: ………………. $ 3.000,00.- c/u


b) 2º FILA: Catorce (14) Nichos Simples: ………………. $ 4.300,00.- c/u

 

c) 3º FILA: Catorce (14) Nichos Simples: ………………. $ 4.150,00.- c/u


d) 4º FILA: Catorce (14) Nichos Simples: ………………. $ 2.850,00.- c/u


ARTICULO 4º.- Dispónese que todo Concesionario que abone al contado el precio de cualquiera de los Nichos descriptos en el artículo anterior, tendrá una bonificación del diez por ciento (10%).-


ARTICULO 5º.- Dispónese que el Concesionario que solicitare facilidades de pago, dispondrá de un plazo de hasta seis (6) meses para su cumplimiento, en las siguientes condiciones:
A)ANTICIPO: Al solicitar el plan de facilidades de pago, se deberá abonar el cincuenta por ciento (50%) del precio fijado por la ubicación elegida;
B)FINANCIACION: El saldo financiable resultará del precio establecido, deducido el anticipo dispuesto en el apartado A), y será amortizado hasta en seis (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, en cifras enteras, con un interés del dos por ciento (2%) mensual.-

ARTICULO 6º.- Establécese que el incumplimiento de las condiciones previstas en el artículo anterior, hará pasible al Concesionario de las sanciones establecidas en la legislación municipal vigente.- Sin perjuicio de ello, y en caso de falta de pago en tiempo y forma de dos (2) cuotas consecutivas, la Municipalidad de General Galarza quedará facultada a disponer la caducidad del plan otorgado y exigir el pago total del saldo adeudado o rescindir la Concesión, a su elección, con devolución de las sumas entregadas sin interés ni actualización alguna, previa deducción de los gastos administrativos que puedan corresponder y notificando el otorgamiento de plazo para desocupar el respectivo Nicho, bajo apercibimientos legales.-

ARTICULO 7º.- Fíjase el precio de la Locación de Nichos existentes en la Fila 4º, en la suma anual de $ 600,00.- (pesos seiscientos).-

ARTICULO 8º.- Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese.-

 

**************************** SALA DE SESIONES, 07de Julio de 2016.-

APROBADO POR UNA UNIMIDAD.-
JORGE REYNOSO PRESIDENTE H.C.D.-
ROSANA CUEVAS SECRETARIA H.C.D.-