ORDENANZA Nº 23/19

ORDENANZA Nº 23/19

  

VISTO:

 

                                     La culminación de los trabajos de reparación del piso,  colocación de alambrados perimetrales, garita terminada con aberturas nuevas, señalización y alumbrado con luces Led; todo ello concretado en la Playa de Estacionamiento de

Camiones, ubicada en el sector Este de la Planta Urbana de General Galarza, predio del Ex

– Ferrocarril -, y …

 

CONSIDERANDO:

 

                                     Que a los citados fines, es preciso mencionar que se ha terminado con todas las tareas destinadas a mejorar y dar plena funcionalidad a la utilización de la misma por parte de los Sres. Transportistas, con garita de entrada/salida y anexos a efectos de mantener resguardados los vehículos dentro de un margen de razonable seguridad.-                                      Que el espacio físico existente permitirá el estacionamiento aproximado de cuarenta (40) a cuarenta y cinco (45) equipos de chasis y acoplado, estando cada lugar perfectamente señalizado, identificado y otorgado mediante DARSENAS en las que obligatoriamente se deberá estacionar; sin posibilidad de ocupar otra bajo ninguna circunstancia.-

                                     Que con el objeto de permitir un cierto y mínimo control y vigilancia de toda la Playa, será necesaria la presencia de personal durante las veinticuatro (24) horas a quienes habrá que remunerar por la prestación del servicio, motivo por el que y en carácter de contraprestación, cada propietario deberá abonar al Municipio – por adelantado - la suma mensual equivalente a veinte (20) litros de nafta súper Y.P.F., a efectivizarse por Tesorería Municipal.-  

                                     Que a los efectos de la correcta utilización del predio, cada propietario tendrá que declarar los datos del equipo a estacionar – marca, modelo y número de dominio -, asignando el Municipio a cada uno la DÁRSENA que corresponda mediante el otorgamiento del respectivo comprobante que así lo acredite.-  

                                     Que la falta de pago de la obligación mensual importará la automática caducidad del permiso de estacionamiento, lo que se hará extensivo al incumplimiento de cualquiera de las restantes condiciones necesarias al efecto, como ser mantener el orden del predio, respetar al personal, cuidar las instalaciones, etc.; siendo todo ello causal suficiente para que la autoridad de contralor disponga la prohibición de estacionamiento y la autorización de dicho espacio físico a favor de otro propietario o vehículo.-

                                      Que en líneas generales, el Municipio – como titular de la Playa -, tendrá la más amplia facultad de ordenar y/o reglamentar y/o establecer las restantes condiciones que sean acordes a la mejor y más efectiva ocupación del estacionamiento.-

                                      Que por todas las consideraciones expuestas, y atento el carácter de mejora de suma utilidad para limitar el estacionamiento de equipos de transporte en los diversos caminos o zonas linderas a la localidad, el D.E.M. ha estimado apropiado proponer el tratamiento del tema al Honorable Concejo Deliberante Municipal.- 

                                      Por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de la ciudad de Gral. Galarza sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º.- Apruébase el ordenamiento y utilización de la Playa de Estacionamiento de Camiones, ubicada en el sector Este de la Planta Urbana de General Galarza, predio del Ex  –  Ferrocarril;  todo ello conforme las condiciones 

 

 

 

 

 

expuestas en los Considerandos y que aquí se dan por reproducidas en todas sus partes.-

 

ARTICULO 2º.- Dese a la presente la más amplia difusión.-

 

ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese.-

 

************************************  Sala de Sesiones, 28 de Noviembre de 2019.- 

 

Aprobada por Unanimidad.