ORDENANZA Nº 03/16

ORDENANZA Nº 03/16

VISTO:


La necesidad de concretar la realización de pavimento asfáltico en ciertas calles consideradas sumamente importantes por el tráfico vehicular que normalmente utiliza las mismas, y …

CONSIDERANDO:

Que en tal sentido, se ha considerado como imprescindible introducir la citada mejora en las arterias que comunican la cinta asfáltica actual con el Cementerio Municipal, lugar de hondo contenido sentimental en el cual todos tenemos nuestros afectos.-


Que todas las mejoras introducidas hasta el presente en dicho tramo, como ser cordón cuneta, ripio, etc., si bien han permitido la transitabilidad ante circunstancias climáticas adversas, no se pueden considerar como suficientes y definitivas para quienes deben transitar por ellas, requiriendo el permanente mantenimiento municipal en cuanto al nivelado de calles, agregado de ripio, etc.; todo lo cual convierte a la cuestión como “algo de nunca terminar”, máxime como en esta oportunidad en que las copiosas lluvias han arrasado con todas las reparaciones recientemente efectuadas, principalmente en las arterias con pendiente de Sur a Norte.-


Que los vecinos de la zona han solicitado en reiteradas oportunidades la concreción de una mejora de tal naturaleza.-


Que ante esta circunstancia, estando contemplada la realización de trabajos de esta naturaleza en el Presupuesto 2016 y contándose con los recursos económicos suficientes al respecto, el D.E.M. ha estimado conveniente encarar la construcción de pavimento asfáltico desde la intersección de calles Sarmiento y 9 de Julio hasta el Cementerio Municipal, como asimismo desde la intersección de calles Sarmiento y Triunvirato hasta calle Juan O´Dwyer; todo ello en la extensión y ancho que se expresará en la parte resolutiva de la presente.-


Que a los efectos del procedimiento legal aplicable y teniendo en cuenta el costo estimativo de la mejora interesada, su instrumentación se debe canalizar mediante el sistema de “Licitación Pública”, previsto en el artículo 159º - primer párrafo – de la Ley 10.027, modificada por Ley 10.082 y en la Ordenanza de Compras Nº 78/87, sus modificatorias y/o complementarias.-


Que a los fines de su instrumentación formal, es preciso autorizar al Órgano Ejecutivo a promulgar y/o reglamentar la presente mediante el dictado de la norma legal pertinente con más la confección del respectivo Pliego de Bases y Condiciones Particulares, facultándose a su vez al mismo a suscribir toda la documentación que corresponda en tal sentido.-


Por ello, y de conformidad a las atribuciones que le son propias, el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de General Galarza sanciona la siguiente


ORDENANZA


ARTICULO 1º.- Dispónese ampliar la red urbana pavimentada de General Galarza mediante la construcción de pavimento asfáltico en las siguientes calles, a saber:
 Avenida Triunvirato, desde Virreinato del Río de la Plata hasta Sarmiento – de Sur a Norte -, comprendiendo además 50,00 metros hasta entrada del Cementerio Municipal: cuatrocientos cincuenta (450) metros, de 5,45 metros de ancho en cada mano;
 Calle Sarmiento, desde Triunvirato hasta 9 de Julio: trescientos (300) metros de 8,00 metros de ancho;
 Calle Triunvirato, desde Sarmiento hasta Juan O´Dwyer: doscientos (200) metros de 7,80 metros de ancho.-

ARTICULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a promulgar y/o reglamentar la presente mediante el dictado de la pertinente norma legal dando inicio al procedimiento de llamado a “Licitación Pública”, con más la confección del respectivo Pliego de Bases y Condiciones Particulares, facultándose a su vez al mismo a suscribir toda la documentación que corresponda al efecto.-


ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese.-


*************************** SALA DE SESIONES,28 de Abril de 2016.-


JORGE REYNOSO PRESIDENTE H.C.D.-
ROSANA CUEVAS SECRETARIA H.C.D.-
APROBADO POR UNANIMIDAD.-