ORDENANZA N° 35/2012
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- Categoría: ORDENANZAS
- Creado: Jueves, 08 Noviembre 2012 23:39
ORDENANZA Nº 35/12
VISTO:
La finalización de obras del Cuerpo de Nichos Nº 34 en el Cementerio Municipal y la necesidad de reglamentar su adjudicación o locación, y …
CONSIDERANDO:
Que al respecto, es preciso instrumentar la norma municipal que permita a los futuros adjudicatarios tener acceso a los mismos mediante el sistema de “Concesión”.-
Que las adjudicaciones por este procedimiento, posibilitan que el Municipio pueda amortizar la inversión en menor plazo y de esta manera continuar con la planificación de esta clase de trabajos públicos.-
Que asimismo y con relación a este Cuerpo, se ha estimado pertinente preveer que la Fila Nº 4 – ya sea en forma total o parcial y/o conforme los requerimientos existentes al respecto - sea destinada a locación en aquellos supuestos en que los interesados, por el motivo que fuere, no puedan o no quisieran acceder a la adjudicación por “Concesión”.-
Que en tal sentido, y concluída la construcción del mencionado Cuerpo compuesto por un total de cincuenta y seis (56) bocas simples – conforme croquis que en tres (3) fs. se adjunta -, el Departamento Ejecutivo Municipal ha considerado procedente someter la presente a tratamiento del H. C. D. local a fin de que este Órgano resuelva en definitiva acerca de las modalidades y/o condiciones de su otorgamiento, como además establecer el precio del alquiler para la Fila Nº 4; todo lo cual se expresará en la parte resolutiva de esta norma legal.-
Que en virtud de sus atribuciones previstas en el artículo 107º, inciso k) e inciso u) de la Ley 10.027, modificada por Ley 10.082, el D.E.M. somete a consideración del Honorable Concejo Deliberante de General Galarza el presente Proyecto.-
Por ello, existiendo suficiente consenso al respecto y por iguales fundamentos que los precedentemente enunciados, el Honorable Concejo Deliberante de General Galarza sanciona y promulga la siguiente
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Reglaméntase la adjudicación de Nichos correspondientes al Cuerpo Nº 34 del Cementerio Municipal, compuesto por un total de cincuenta y seis (56) bocas simples – según croquis que en tres (3) fs. se adjunta y pasa a ser parte integrante de esta norma -; todo ello conforme las condiciones, formalidades, precios y plazos que se establecen en el presente ordenamiento legal.-
ARTICULO 2º.- Establécese a los efectos referidos en el artículo anterior y en cada caso en particular, la adjudicación mediante el sistema de “Concesión de Uso” por el término de cincuenta (50) años, según condiciones previstas en la presente y con relación a las Filas 1º, 2º y 3º.-
ARTICULO 3º.- Fíjase el precio de las concesiones correspondientes a las Filas mencionadas en el artículo anterior y conforme su ubicación, previéndose además y para el caso de corresponder o existir disponibilidad, el precio correspondiente a la Fila 4º; todo ello de la siguiente manera, a saber:
a) 1º FILA: Catorce (14) Nichos Simples: ………………. $ 2.038,30.- c/u
b) 2º FILA: Catorce (14) Nichos Simples: ………………. $ 2.872,10.- c/u
c) 3º FILA: Catorce (14) Nichos Simples: ………………. $ 2.770,90.- c/u
d) 4º FILA: Catorce (14) Nichos Simples: ………………. $ 1.908,50.- c/u
ARTICULO 4º.- Establécese que en caso de solicitarse la Concesión de Nichos anteriormente denominados “dobles” – inexistentes en este Cuerpo -, dicha operatoria solo podrá efectuarse de manera vertical, comprendiendo la posibilidad de adquirir un Nicho de la Fila 1º y un Nicho de la Fila 2º -, en un caso –, y un Nicho de la Fila 3º y un Nicho de la Fila 4º -, en el otro caso.-
ARTICULO 5º.- Dispónese que todo Concesionario que abone al contado el precio de cualquiera de los Nichos descriptos en el artículo anterior, tendrá una bonificación del diez por ciento (10%).-
ARTICULO 6º.- Dispónese que el Concesionario que solicitare facilidades de pago, dispondrá de un plazo de hasta seis (6) meses para su cumplimiento, en las siguientes condiciones:
A) ANTICIPO: Al solicitar el plan de facilidades de pago, se deberá abonar el cincuenta por ciento (50%) del precio fijado por la ubicación elegida;
B) FINANCIACION: El saldo financiable resultará del precio establecido, deducido el anticipo dispuesto en el apartado A), y será amortizado hasta en seis (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, en cifras enteras, con un interés del dos por ciento (2%) mensual.-
ARTICULO 7º.- Establécese que el incumplimiento de las condiciones previstas en el artículo anterior, hará pasible al Concesionario de las sanciones establecidas en la legislación municipal vigente.- Sin perjuicio de ello, y en caso de falta de pago en tiempo y forma de dos (2) cuotas consecutivas, la Municipalidad de General Galarza quedará facultada a disponer la caducidad del plan otorgado y exigir el pago total del saldo adeudado o rescindir la Concesión, a su elección, con devolución de las sumas entregadas sin interés ni actualización alguna, previa deducción de los gastos administrativos que puedan corresponder y notificando el otorgamiento de plazo para desocupar el respectivo Nicho, bajo apercibimientos legales.-
ARTICULO 8º.- Prohíbese la venta y/o adjudicación por adelantado de los Nichos del presente Cuerpo, como asimismo su ocupación o disposición en caso de solicitarse la introducción de restos provenientes de otra jurisdicción, circunstancia ésta última que solamente se podrá tramitar y/o efectuar durante los días y horarios hábiles municipales, sin excepción, quedando dicha posibilidad sujeta a las disponibilidades existentes en el resto del Cementerio Municipal, previo pago al contado de la ubicación otorgada.-
ARTICULO 9º.- Fíjase el precio del alquiler de los Nichos existentes en la Fila 4º, en la suma anual de $ 150,00.- (pesos ciento cincuenta).-
ARTICULO 10º.- Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese.-
************************ SALA DE SESIONES, 8 de Noviembre de 2012.-
VELAZQUEZ, Sandra.
FERNANDEZ, Marcos.
REICHEL RUSSO, Amilcar.
VERÓN, María D.L.A.
KLOS, Ricardo – PRESIDENTE H.C.D.
Dra. PEREZ, Silvia – SECRETARIA H.C.D.